Ámbitos profesionales y títulos representados por el Colegio
Los CDL nacieron con la finalidad de garantizar que la docencia en las enseñanzas medias fuera ejercida por personas con la titulación universitaria adecuada. Por ello, en esencia, los CDL han sido tradicionalmente los colegios profesionales de docentes. Su ámbito se ha ampliado y hoy también integran a otros colectivos, como arqueólogos, profesionales de la cultura, filósofos, filólogos y especialistas afines.
El Colegio da acceso a la colegiación a quienes poseen titulaciones derivadas de los títulos universitarios oficiales procedentes de las antiguas Facultades de Filosofía y Letras y de Ciencias, siempre que no exista una corporación profesional específica para su ámbito.
Listado orientativo y no exhaustivo
Es imprescindible consultar los Estatutos y la normativa específica de cada Colegio profesional
Educación / Docencia
Incluye, entre otras, las titulaciones siguientes:
- Grado en Maestro/a de Educación Infantil
- Grado en Maestro/a de Educación Primaria
- Máster Universitario en Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas (o su equivalente histórico, el CAP)
- Pedagogía
Ciencias Sociales, Letras, Arte y Humanidades
Incluye, entre muchas otras, titulaciones en:
- Filosofía
- Historia
- Historia del Arte
- Arqueología
- Otras disciplinas del ámbito de las ciencias sociales, las letras y las humanidades
Lenguas y Estudios Filológicos
Incluye, entre otras, titulaciones en:
- Filologías
- Estudios literarios
Ciencias
Incluye titulaciones en:
- Matemáticas
- Otras disciplinas afines procedentes de las antiguas Facultades de Ciencias que no dispongan de colegio profesional propio
Nota sobre otros colegios profesionales
Se recomienda verificar la existencia de colegios profesionales específicos, ya que algunas titulaciones pueden estar reguladas de forma exclusiva o compartida. En determinados ámbitos existen colegios de ámbito autonómico y, en ocasiones, varios colegios dentro de una misma comunidad autónoma.
Validez de las titulaciones extranjeras
Solo se aceptarán títulos oficiales homologados o con equivalencia reconocida. Ninguna titulación obtenida en el extranjero tendrá validez colegial sin la correspondiente resolución administrativa del órgano español competente de reconocimiento de la homologación. Este criterio garantiza uniformidad interpretativa, evita errores de encuadre y asegura coherencia con la normativa vigente y con la existencia de colegios profesionales específicos.
Otros contenidos relacionados:
- La institución
- Órganos de representación
- Directorio de colegios
- Estatutos
- Portal de Transparencia
- Canal de denuncias
- Ventanilla única
- Noticias